Dirección Facultativa

CascoLa dirección facultativa o dirección de obra es el grupo de profesionales en quienes recae la responsabilidad de dirigir las obras de una construcción. Entre sus atribuciones, debe supervisar la correcta ejecución de las obras según el proyecto arquitectónico y las buenas prácticas, así como controlar la calidad de los materiales y su correcta puesta en obra.

En España, y según la Ley de Ordenación de la Edificación, Ley 38/1999 de 5 de noviembre, la Dirección Facultativa (D. F.) está integrada por:

  • El Director de Obra (D. O.)
  • El Director de Ejecución de Obra (D. E. O.)
  • El Coordinador de Seguridad y Salud (C. S. S.)

DIRECCIÓN DE OBRA Y DE EJECUCIÓN.

El conjunto de dirección de obra y de ejecución de obra es conocido como dirección facultativa. Se define como el técnico o técnicos competentes, designados por el promotor, encargados de la dirección técnica y control técnico de la ejecución de obra.

La dirección de obra y de ejecución, la constituye el director de obra y el director de ejecución de obra; Arquitecto, Arquitecto Técnico, Aparejador o Ingeniero de la edificación. Esta figura es de obligatoria existencia en obras con proyecto. La dirección de obra también asumirá las tareas de coordinador de seguridad y salud cuando no sea obligatoria su designación

Dirección de obra.

Es el técnico que constituye la dirección de obra, supervisa el correcto desarrollo de la obra en sus distintos aspectos técnicos, estéticos, urbanísticos y medioambientales, todo ellos de acuerdo a las especificaciones definidas en el proyecto, en la licencia de edificación y en el resto de documentos obligatorios, así como lo estipulado en el contrato, con el fin de asegurar que se ajusta al objetivo final propuesto. En el caso de que existan proyectos parciales, estos pueden ser dirigidos por otros técnicos bajo la coordinación de la dirección de obra.

Obligaciones de la dirección de obra.

  • Poseer titulación académica habilitante. Los técnicos con titulación de Arquitecto, Arquitecto Técnico, Ingeniero o Ingeniero Técnico, podrán asumir la dirección de obra atendiendo al objeto de las obras a realizar.
  • Control del replanteo y adecuación al proyecto de la cimentación y de la estructura.
  • En las visitas a obra de la dirección de obra deberá resolver los posibles imprevistos durante la ejecución de obra y reflejar en el Libro de Órdenes y Asistencias las instrucciones para interpretar el proyecto correctamente.
  • Realizar los cambios o rectificaciones en el proyecto que vengan como consecuencia del estado de la obra. Siempre en consenso entre la dirección de obra y el promotor.
  • Firmar el acta de replanteo y el certificado final de obra.
  • Dar el visto bueno de las certificaciones parciales y la liquidación final de obra.
  • Redactar y firmar la documentación requerida de la obra ejecutada.

Dirección de ejecución de obra.

Compas Grua (2)Es el técnico que constituye la dirección de ejecución de obra, asume la tarea de dirigir la ejecución material de la obra y del control cualitativo y cuantitativo de la obra en ejecución, así como del control de calidad de la edificación. La dirección de ejecución de obra, en la duración de la fase de ejecución de las obras y aplicando el Código Técnico de la Edificación, es el agente responsable del seguimiento documental de la obra, de la recepción de productos evaluando distintivos de idoneidad y conformidad técnica, del control de cada unidad de ejecución y de dar conformidad de las obras.

Obligaciones de la dirección de ejecución de obra.

  • Poseer titulación académica habilitante, Aparejador, Arquitecto Técnico, o Ingeniero Técnico, según el caso.
  • Recepción en la obra de los productos de construcción para su control, y ordenar la realización de los ensayos y pruebas que sean necesarios.
  • Dirección de la ejecución de la obra supervisando replanteos, materiales y la correcta ejecución material y disposición de elementos constructivos y de instalaciones, en conformidad con el proyecto y de la dirección de obra.
  • Determinar en el Libro de Órdenes y Asistencias las instrucciones necesarias.
  • Firmar el acta de replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de obra, así como las certificaciones parciales y la liquidación final de las unidades de obra ejecutadas.
  • Colaborar en la elaboración de la documentación de la obra ejecutada (Libro del Edificio) y aportar los resultados del control realizado.

LA IMPORTANCIA DE LA DIRECCIÓN DE OBRA Y DE EJECUCIÓN.

Foto MJRL (1)La dirección de obra y de ejecución de obra son figuras imprescindibles para la gestión y control técnico de la obra de edificación. Además, la figura de la dirección facultativa es obligatoria en cualquier obra de edificación con proyecto, ya sea de rehabilitación o de nueva planta.

A las obligaciones de la dirección de obra y la dirección de la ejecución de obra, que hacen referencia al control técnico de la obra, podemos añadir como función el control económico de la obra. Esta función cobra vital importancia, ya que habitualmente se producen desvíos de presupuesto y plazos, y será labor de la dirección de obra y de ejecución controlarlos e incluso eliminarlos, velando siempre por los intereses del cliente.

Históricamente la figura del Maestro de Obras, Aparejador o Arquitecto Técnico ha estado ligada a la obra, es por lo cual, dirección de obras, coordinación de seguridad y salud es el área que aporta mayor volumen de servicios al año.

Estas son mis direcciones de obra y de ejecución: